Circular nº32/2020 – Orden INT/317/2020 en materia de matriculación y cambio de titularidad en determinados vehículos

La disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, suspende los términos e interrumpe los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. En consecuencia, la atención al público en las Jefaturas y Oficinas Locales del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, al igual que en otras dependencias homologas de las Administraciones, quedaron suspendida temporalmente.

Estas medidas tienen un impacto directo en el flujo ordinario de tramitación de las matriculaciones y cambios de titularidad de vehículos, en los que no siempre es posible la cumplimentación y acreditación telemática de determinados requisitos previos competencia de otras Administraciones públicas. Sin embargo, en el contexto actual de emergencia sanitaria resulta esencial no impedir la puesta en circulación de aquellos vehículos que sean necesarios para garantizar el adecuado funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, así como de los transportes permitidos por las disposiciones aprobadas o que se aprueben con ocasión de la declaración del estado de alarma.

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